Con la resolución 42 de Mayo 5 de 2020, la DIAN incluye, entre otros aspectos, el nuevo calendario para la de Facturación electrónica con validación previa. A continuación se resume el artículo 20 de la Resolución.
1. Calendario de implementación para sujetos obligados de acuerdo con la actividad económica principal inscrita en el Registro Único Tributario -RUT.
Grupo | Fecha de inicio de registro y habilitación en el servicio informático electrónico de validación previa de factura electrónica de venta (DD/MM/AAAA) | Fecha máxima para iniciar a expedir factura electronica de venta (DD/MM/AAAA) | Resolución 139 Del 21 de noviembre de 2012, o la que modifique o adicione o adicione o sustituya Código CIIU División a dos (2) primeros dígitos Código CIIU a tres (3) primeros dígitos (sólo para divisiones 46 y 47) |
1 | 15/05/2020 | 15/06/2020 | 05, 06, 07, 08, 09, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 94, 95, 96 |
2 | 15/05/2020 | 1/07/2020 | 10, 11, 12, 13, 14, 15, 464, 475, 476, 479, 477 |
3 | 15/05/2020 | 4/08/2020 | 71, 72, 73, 74, 75, 86, 87, 88 |
4 | 15/05/2020 | 1/09/2020 | 69, 70, 84, 463, 471, 472, 473, 478 |
5 | 15/05/2020 | 1/10/2020 | 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 35, 36, 37, 38, 39, 64, 65, 66, 68, 85 |
6 | 15/05/2020 | 1/11/2020 | 01, 02, 03, 45, 77, 78, 79, 80, 81, 82, 90, 91, 92, 93, 461, 462, 465, 466, 469, 474 |
7 | 15/05/2020 | 1/11/2020 | 41, 42, 43, 49, 50, 51, 52, 53, 55, 56 |
8 | 15/05/2020 | 1/11/2020 | Otras Actividades no Clasificadas previamente |
2. Calendario de implementación que no atiende a la actividad económica CIIU, para otros sujetos obligados.
Grupo | Fecha de inicio de registro y habilitación en el servicio informático electrónico de validación previa de factura electronica de venta (DD/MM/AAAA) | Fecha máxima para iniciar a expedir factura electronica de venta (DD/MM/AAAA) | Otros sujetos |
1 | 15/05/2020 | 15/06/2020 | Los sujetos indicados las resoluciones 00072 del 29/12/2017 y la 000010 del 6/2/2018 y los grandes contribuyentes de que trata la resolución 012635 del 14/12/2018… y los demás sujetos que a la entrada en vigencia de esta resolución se encuentren habilitados como facturadores electrónicos. Sin incluir los sujetos que se describen el grupo 2 del presente calendario. |
2 | 15/05/2020 | 1/10/2020 | Las entidades del Estado del orden nacional, territorial y las entidades prestadoras de servicios públicos domiciliarios…, las de telefonía fija pública básica conmutada y la telefonía local móvil en el sector rural… |
2 | 15/05/2020 | 1/10/2020 | Sujetos que correspondan a instituciones (personas naturales o jurídicas) educativas… |
2 | 15/05/2020 | 1/10/2020 | Personas jurídicas que desarrollen actividades de seguros y títulos de capitalización… |
2 | 15/05/2020 | 1/10/2020 | Personas naturales que desarrollan la función notarial… |
3 | 15/05/2020 | 1/11/2020 | Los sujetos obligados a expedir factura electrónica de venta, que sean personas naturales cuyos ingresos brutos en el año anterior o en el año en curso sean iguales o superiores a (3.500) UVT e inferiores a (12.000) UVT. |
3. Calendario de implementación Permanente
Grupo | Fecha de inicio de registro y habilitación en el servicio informático electrónico de validación previa de factura electrónica de venta (DD/MM/AAAA) y Fecha máxima para iniciar a expedir factura electrónica de venta (DD/MM/AAAA) | Otros sujetos |
1 | Para el inicio de registro y el procedimiento de habilitación en el servicio informático de factura electrónica de venta y la fecha máxima para iniciar a expedir factura electrónica de venta, cuentan con un plazo de dos (2) meses, a partir de la fecha en que se adquiera la obligación como sujetos obligados a expedir factura de venta y/o documento equivalente. | Los nuevos sujetos que adquieran la obligación de expedir factura electrónica de venta, con posterioridad a la entrada en vigencia de esta resolución. |